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Resolución del Tribunal con respecto a las tarjetas amarillas

Suspensión por Acumulación de Tarjetas Amarillas.

A todos los clubes afiliados:

El Tribunal de Disciplina se dirige a ustedes para aclarar y recordar la.aplicación del Artículo 13, inciso 1, apartado m) de nuestro Código Disciplinario, en relación con la acumulación de tarjetas amarillas por parte de los jugadores.

De conformidad con la normativa vigente, se establece lo siguiente:

Todo jugador que alcance la cantidad de cinco (5) tarjetas amarillas a lo largo de
la temporada o torneo deberá cumplir, de manera automática e inmediata, una suspensión de una (1) partido.

Todo jugador que alcance la cantidad de diez (10) tarjetas amarillas a lo.largo de la temporada o torneo deberá cumplir, de manera automática e inmediata, una suspensión de dos (2) partidos.

Todo jugador que alcance la cantidad de quince (15) tarjetas amarillas a lo.largo de la temporada o torneo deberá cumplir, de manera automática e.inmediata, una suspensión de tres (3) partidos.

Es fundamental destacar que este Tribunal no emitirá expedientes ni comunicaciones individuales respecto de estas suspensiones automáticas.

La responsabilidad de controlar la acumulación de tarjetas amarillas de sus jugadores y asegurar el estricto cumplimiento de la suspensión recae exclusivamente en cada club.

El incumplimiento de esta disposición implicará las sanciones que correspondan según el Código Disciplinario, por la inclusión indebida de un
jugador.