Llegó al club una cédula de intervención. La misma se aguardaba con ansias desde el pedido que un grupo de socios e hinchas habían realizado en Personería Jurídica hace algunos meses atrás.
La CD tiene un plazo de 5 días para apelar este pedido, de lo contrario, todo indica que el rumbo hacia la intervención del club parece llegar a buen puerto.
¿Y qué sucede si el club es intervenido? Una comisión normalizadora tendrá un plazo de 90 días para gestionar las documentaciones adeudadas con el fin de regularizar la entidad en los aspectos institucionales, contables y administrativos. Posterior a esto, se podrá llamar a elecciones.
Se adjunta la última resolución del expediente de la Asociación Deportiva Berazategui que otorgó Personería Jurídica (se agradece a "Locos x Bera" por la información brindada):
La Plata, 29 De Octubre de 2014
Sr. Jefe De Dpto. Inspecciones:
Atento a la documentación remitida por la entidad de referencia y luego de realizar un estudio minucioso de la misma, se observa que:
Falta Asamblea General Ordinaria donde trataron los ejercicios adeudados desde el 31/12/2009 al 31/12/2013 y eligieron autoridades.
Para estas deberá remitir; convocatoria dirigida a los socios con firma de Presidente y Secretario. Las mismas deberán contar con; previa reunión de comisión directiva convocando, con el quórum necesario para poder realizar el llamado, nota del diario citando, listado se socios en condiciones de asistir a la asamblea y nota indicando fecha de las mismas, hora, día y lugar donde se realiza.
Falta fotocopia del libro de asistencia tanto a reuniones de comisión directiva como a asamblea general ordinaria, para justificar el quórum.
Falta fotocopia de la rubrica del libro de socios en condiciones de asistir a las (AGO) asamblea general ordinaria donde trataron los ejercicios adeudados.
Falta listado de socios con número, fecha de ingreso y estado actual en cuanto al abono de la cuota social, que participaron o puedan participar de las Asambleas adeudadas.
Falta anexo III (Minuta Rogatoria) uno por cada año adeudado, con firma de Presidente y Secretario.
Deberá remitir Anexo IX (Formulario de Nomina de Autoridades, Datos de Asamblea y Balance), uno por cada año adeudado desde el 31/12/2009 al 31/12/2013.
Además deberá remitir a este Dpto. Anexo XXI (declaración jurada cumpliendo con la disposición de U.I.F)
Por lo expuesto se giran las presentes a sus efectos.
La Plata, 29/10/2014
Figueroa Alberto
Dpto. Contralor
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