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Ordenan embargar una fracción de la Ciudad Deportiva

Independiente Rivadavia, Lepra, Mendoza, Embargo, Ciudad Deportiva

El juez a cargo del concurso de acreedores del club estableció la medida para detener el crecimiento sostenido de la deuda. Se trata de un lote de un barrio privado y un sector abandonado del predio.

El juez Pablo González Masanés dispuso rematar parte de los terrenos de la Ciudad Deportiva azul, que está ubicada en Boedo y Terrada, de Luján.

Se trataría de un lote del barrio Lomas de Terrada y una franja de la ciudad deportiva que no afectaría la realización de actividades deportivas. En total serían 70 mil metros cuadrados.

La ley 8.509 sancionada en 2012 modificatoria de la ley 6858 sobre inembargabilidad de bienes de clubes de fútbol, establece en su artículo 1 como inembargables e inejecutables, los bienes muebles e inmuebles que estén afectados a fines deportivos o recreativos y que sean propiedad de entidades sociales y deportivas sin fines de lucro, inscriptas y regularizadas ante la Dirección de Personas Jurídicas, y se encuentren afiliados a Ligas, Asociaciones o Federaciones Provinciales y/o Nacionales debidamente conformadas por organismo competente. Es por eso que el fallo del juez destaca que la "fracción no se encuentra destinada a la actividad deportiva"

El abogado del club, Alberto Rez Masud presentó una apelación contra esta medida.

Desde 2004, la Lepra está en concurso por una deuda de 50 millones de pesos. El juez destacó en el fallo que no se pudo revertir el pasivo; por el contrario, fue creciente para los meses de setiembre con un aumento más significativo del pasivo anterior a la pandemia COVID-19 y al consecuente cese de la actividad futbolística. Además "de acuerdo a lo informado por el Órgano Fiduciario, resultó severamente agravado por los incidentes ocurridos en el estadio y la imposición de sanciones, como es de público conocimiento. A ello se agrega, en el plano institucional, la renuncia del Presidente y Vicepresidentes integrantes de la Comisión Directiva, así como la de uno de los miembros del Órgano Fiduciario".

El juez destaca que "El lamentable derrotero reseñado no permite otra alternativa que aplicar las normas imperativas..., disponiendo la extinción del fideicomiso de administración y la liquidación de los bienes de la entidad que sean susceptibles de enajenación, en la medida que sea necesario para la atención del pasivo concursal".

"Luego de más de dos años de resultados negativos constantes y crecientes, la LED (Ley de Entidades Deportivas) no deja espacio -al menos en el ámbito judicial- para más proyectos, propuestas o promesas; la liquidación se impone".

"La continuación de la deficitaria administración fiduciaria no puede seguir siendo solventada por los acreedores anteriores al fideicomiso ni, mucho menos, por los generados con posterioridad; máxime cuando la mayor parte esos acreedores (más del 85% del pasivo total) son quienes contribuyeron directamente a la principal actividad generadora de recursos, como son los futbolistas, cuerpos técnicos y demás trabajadores".

Alberto Rez Masud, abogado del club presentó un recurso de amparo y asegura que no habrá remate hasta que una cámara resuelva el tema y si es necesario, será llevado hasta las últimas instancias.

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